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Complemento por brecha de género: quién puede cobrarlo

7 min · Actualizado el 6 de agosto de 2026

El complemento por brecha de género busca reducir la diferencia en las pensiones entre hombres y mujeres derivada de haber tenido hijos. Te explicamos quién puede solicitarlo, qué requisitos exige y cómo se calcula su importe.

Qué es el complemento por brecha de género

Es un importe adicional que se reconoce a las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad cuando la persona beneficiaria ha tenido hijos, con el objetivo de compensar el impacto que la crianza suele tener en las carreras de cotización, especialmente en el caso de las mujeres.

Quién puede solicitarlo

Puede reconocerse a mujeres que hayan tenido hijos y accedan a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. También pueden acceder los hombres en determinados supuestos, cuando acrediten que su pensión resulta perjudicada de forma comparable por motivos relacionados con el cuidado de los hijos.

Cómo se calcula el importe

El importe del complemento depende del número de hijos, aplicándose una cantidad fija por cada hijo, hasta un máximo de hijos computables. La cuantía concreta se revisa cada año, así que conviene consultarla actualizada en la sede electrónica de la Seguridad Social.

Compatibilidad con otros complementos

El complemento por brecha de género es compatible con el complemento a mínimos, pero no puede combinarse con otras figuras anteriores pensadas para el mismo objetivo, como ciertos complementos por maternidad ya extinguidos, evitando así una doble percepción por el mismo concepto.

Documentación necesaria

  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
  • DNI o NIE del solicitante.
  • Resolución de la pensión a la que se solicita el complemento, si ya está reconocida.
  • Documentación adicional si se reclama el complemento como hombre en supuestos excepcionales.

Cómo se solicita

  1. Comprueba si el complemento ya se ha reconocido de oficio al conceder tu pensión.
  2. Si no aparece y tienes hijos, reúne el libro de familia y la documentación de la pensión.
  3. Presenta la solicitud del complemento en la sede electrónica de la Seguridad Social.
  4. Espera la resolución, que indicará el número de hijos computados y el importe reconocido.
Truco práctico: revisa la resolución de tu pensión, ya que el complemento por brecha de género suele aplicarse de forma automática si cumples los requisitos, pero conviene comprobar que el número de hijos computados es correcto.

Qué hacer si no te lo reconocen

Si consideras que te corresponde el complemento y no aparece en tu resolución, puedes presentar una reclamación previa aportando el libro de familia y explicando por qué crees que reúnes los requisitos, especialmente si eres hombre y solicitas el complemento en un supuesto excepcional.

Preguntas frecuentes

¿Solo las mujeres pueden cobrar el complemento por brecha de género?

Con carácter general va dirigido a mujeres, pero los hombres pueden acceder a él en determinados supuestos excepcionales, cuando acreditan un perjuicio comparable en su pensión por motivos relacionados con el cuidado de los hijos.

¿Cuántos hijos hacen falta para cobrar este complemento?

Basta con haber tenido un hijo para tener derecho al complemento, aunque el importe aumenta según el número de hijos hasta un máximo establecido en la normativa vigente.

¿Se pide por separado o se reconoce automáticamente?

En muchos casos se reconoce de oficio al resolver la pensión, pero si no aparece en tu resolución y crees que te corresponde, puedes solicitarlo expresamente ante la Seguridad Social.

¿Es compatible con el complemento a mínimos?

Sí, el complemento por brecha de género es compatible con el complemento a mínimos, ya que responden a objetivos distintos, aunque no es compatible con otras figuras anteriores creadas para el mismo fin.

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