Cuándo debes solicitar la pensión
Puedes pedir la pensión de jubilación como muy pronto tres meses antes de la fecha en la que quieres dejar de trabajar. Es recomendable no dejarlo para el último momento, porque la Seguridad Social necesita tiempo para revisar tu expediente y calcular el importe.
Dónde se solicita
La solicitud puede tramitarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social si dispones de certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. También puedes hacerlo por teléfono o pidiendo cita previa presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
Solicitud por internet
Es la vía más rápida y evita desplazamientos. Desde la sede electrónica puedes rellenar el formulario, adjuntar la documentación escaneada y hacer un seguimiento del estado de tu expediente en cualquier momento, sin depender de horarios de oficina.
Solicitud presencial o telefónica
Si prefieres que te atiendan en persona, necesitas pedir cita previa con antelación, ya que suele haber lista de espera. También existe la opción de solicitar cita telefónica, en la que un funcionario te llama para tramitar la solicitud sin que tengas que desplazarte.
Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor.
- Número de cuenta bancaria donde quieres recibir la pensión.
- Certificado de empresa si has cesado recientemente en el trabajo.
- Libro de familia u otros documentos si tienes complementos por hijos.
- Justificantes de periodos trabajados en el extranjero, si procede.
Pasos para tramitar la solicitud
- Reúne toda la documentación necesaria antes de empezar el trámite.
- Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social o pide cita previa.
- Rellena el formulario de solicitud de pensión de jubilación con tus datos.
- Adjunta los documentos requeridos y revisa que todo esté correcto.
- Envía la solicitud y guarda el justificante de registro.
- Espera la resolución, que suele comunicarse en unas semanas.
Qué hacer si deniegan la solicitud
Si tu solicitud es denegada o no estás de acuerdo con el importe reconocido, puedes presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social en el plazo que indique la resolución. Si la reclamación no prospera, cabe acudir a la vía judicial social, por lo que en casos complejos conviene asesorarse con un profesional.