Qué es la incapacidad permanente
Es una prestación que reconoce reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan la capacidad laboral de una persona. Se valora tras el proceso de incapacidad temporal, aunque también puede solicitarse de forma directa en determinadas circunstancias.
Grados de incapacidad permanente
- Incapacidad permanente parcial: reduce el rendimiento en la profesión habitual sin impedirla totalmente.
- Incapacidad permanente total: impide realizar las tareas fundamentales de la profesión habitual, pero permite otra actividad.
- Incapacidad permanente absoluta: inhabilita para cualquier profesión u oficio.
- Gran invalidez: además de la incapacidad absoluta, se necesita ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria.
Requisitos generales para solicitarla
Se exige estar afiliado y en alta o situación asimilada, y en la mayoría de los grados también un periodo mínimo de cotización, que varía según la edad de la persona y si la causa es común o derivada de accidente o enfermedad profesional, donde no siempre se exige cotización previa.
Cómo se solicita la incapacidad permanente
- Reúne todo tu historial médico e informes actualizados relacionados con tu patología.
- Solicita cita en el INSS o presenta la solicitud a través de la sede electrónica.
- Aporta la documentación médica, laboral y de cotización requerida.
- Acude, si te citan, al examen del equipo de valoración de incapacidades o tribunal médico.
- Espera la resolución del INSS con el grado reconocido, si procede, y el importe correspondiente.
Cómo se calcula la prestación
El importe depende del grado reconocido y de la base reguladora calculada a partir de las cotizaciones previas. La incapacidad parcial suele abonarse en pago único, mientras que la total, absoluta y la gran invalidez se cobran como pensión mensual, con un complemento adicional en el caso de la gran invalidez.
Revisión del grado de incapacidad
La resolución suele fijar un plazo a partir del cual se puede revisar el grado por mejoría o empeoramiento. También puedes solicitar tú mismo la revisión si tu situación cambia de forma significativa antes de ese plazo, presentando informes médicos actualizados.