Quién debe dar el alta
El responsable de tramitar el alta es la persona empleadora, es decir, quien contrata el servicio doméstico, no la trabajadora. Esto aplica tanto si el trabajo es a jornada completa como parcial, y con independencia del número de horas semanales.
Plazos para el alta
El alta debe tramitarse antes de que la empleada comience a trabajar, o como máximo el mismo día de inicio de la relación laboral. Presentarla fuera de plazo puede acarrear recargos y sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.
Documentación necesaria
- DNI o NIE de la persona empleadora y de la trabajadora
- Datos del contrato: horas semanales, salario y fecha de inicio
- Número de afiliación de ambas partes, si ya lo tienen
- Cuenta bancaria para la domiciliación de las cuotas
Cómo tramitar el alta paso a paso
El trámite se realiza en Import@ss, dentro de la sede electrónica de la Seguridad Social, y es gratuito. Necesitas identificarte con Cl@ve o certificado digital para completarlo sin salir de casa.
- Entra en Import@ss con Cl@ve o certificado digital
- Selecciona «Alta de empleada de hogar»
- Introduce los datos de la trabajadora y del contrato
- Indica el salario y las horas pactadas
- Confirma la solicitud y guarda el justificante de alta
Cómo tramitar la baja
Cuando finaliza la relación laboral, sea por despido, fin de contrato o renuncia, debes tramitar la baja en el mismo plazo de tres días desde el cese, también desde Import@ss, indicando la fecha exacta de finalización.
Qué pasa si no das de alta a la trabajadora
Trabajar sin alta es una infracción grave que puede conllevar sanciones económicas importantes, además de dejar a la trabajadora sin cobertura ante accidentes, enfermedad o desempleo. Además, dificulta que ella acredite periodos cotizados para su futura pensión.