Qué es el complemento de ayuda a la infancia
Es una cantidad adicional que se suma al Ingreso Mínimo Vital cuando en la unidad de convivencia hay menores de edad a cargo. Su objetivo es reforzar el apoyo económico a las familias con hijos, especialmente en los hogares con menos recursos.
Quién puede recibirlo
- Familias beneficiarias del IMV con menores de edad en la unidad de convivencia.
- Familias que no reciban ya el complemento por deducción de familias numerosas o monoparentales, según las reglas de compatibilidad.
- Hogares donde los menores estén correctamente incluidos en la unidad de convivencia declarada.
Cómo se calcula el importe
El importe se establece por cada menor a cargo, con cuantías que pueden variar según la edad del menor, siendo distintas para menores de tres años, de tres a seis años y de seis a dieciocho años. Consulta la cuantía actualizada en la sede oficial, ya que se revisa periódicamente.
Cómo solicitarlo
- Si ya cobras el IMV, revisa si el complemento se incluye automáticamente al declarar menores en la unidad de convivencia.
- Si no lo estás recibiendo y tienes derecho, presenta una solicitud de modificación o revisión del expediente en la sede electrónica.
- Adjunta el libro de familia o certificado de nacimiento de los menores.
- Espera la resolución que indicará si se reconoce el complemento y desde qué fecha.
Compatibilidad con otras ayudas por hijos
Este complemento no siempre es compatible con otras prestaciones o deducciones fiscales por hijos a cargo, por lo que conviene revisar bien cada caso para no perder derecho a la opción más beneficiosa según la situación familiar.
Qué ocurre si nace un nuevo hijo
El nacimiento de un nuevo hijo debe comunicarse al INSS para actualizar la unidad de convivencia y recalcular el complemento correspondiente, ya que el importe total del IMV puede aumentar al incorporar un nuevo miembro menor de edad.