Identifica qué recurso corresponde
- Recurso de reposición: ante el mismo órgano que dictó el acto, un mes.
- Recurso de alzada: ante el órgano superior, un mes, cuando el acto no agota la vía administrativa.
- Reclamación previa: en Seguridad Social, INSS y SEPE, 30 días.
- Reclamación económico-administrativa: frente a actos tributarios, un mes, ante el TEAR.
Qué debe incluir tu escrito
- Tus datos, DNI/NIE y domicilio a efectos de notificaciones.
- Identificación del expediente y de la resolución que recurres, con su fecha.
- Hechos: qué ha pasado, en orden y con fechas.
- Motivos: por qué crees que la resolución es incorrecta.
- Petición concreta: qué quieres que se haga.
- Documentos que aportas, numerados.
Qué pasa después
La Administración debe resolver en el plazo que marque la norma (uno o tres meses según el recurso). El silencio suele ser negativo, pero abre la puerta a la vía judicial. La resolución que recibas indicará el siguiente paso y el plazo.